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La iniciativa legislativa de las Comunidades Autónomas unida al imperativo normativo de la Unión Europea han sido las claves para el desarrollo de la Ley Estatal para la mediación civil y mercantil. La mediación presenta una gran potencialidad como instrumento de gestión de conflictos familiares que permite llegar donde algunas veces la generalidad propia de la norma no lo consigue. Esto nos permite entender que la Mediación Familiar tiene ante sí un largo recorrido, en el que deberá perfeccionarse y superar los obstáculos y desafíos propios de una institución; por un lado, con profundas raíces en nuestra tradición jurídica y, por otro, tan reciente en nuestro Sistema Jurídico. Uno de los principales problemas a los que se enfrenta la mediación no es su falta de regulación, sino la inexistencia de una cultura de mediación. Después de una primera época de intento de implementación de la mediación con un “carácter voluntario”, nos encontramos con nuevos retos en otra etapa donde la mediación pasará a tener un carácter de “obligación mitigada”, con el Anteproyecto de ley de Impulso a la Mediación.
La defensa de intereses antagónicos por trabajadores y empresarios hace necesario que el Ordenamiento Jurídico-Laboral diseñe cauces para canalizar dicha tensión intentando lograr los equilibrios a que la función tuitiva obliga.Junto a los sistemas de solución judiciales (orden social) y los administrativos (autoridades laborales e Inspección de Trabajo), cobran renovado protagonismo los sistemas autónomos, caracterizados por ser las propias partes en conflicto las que lo resuelven, cuestión distinta es que lo hagan directamente (autocomposición) a modo y manera de una negociación colectiva, o lo hagan indirectamente mediante la intervención de un tercero (heterocomposición a tr...
Estudio específico de la apelación en la época de Justiniano, donde se pusieran de relieve las aportaciones que el emperador realiza a esta institución, a través del análisis de sus leyes, recogidas en el Codex repetitae praelectionis y en las Novellae, entre los años 527-556, para de esta manera cerrar la evolución de una institución que hunde sus raíces en el Principado de Augusto.
Las disposiciones de Derecho conocidas como constituciones imperiales nuevas, esto es, Novelas, emitidas por el emperador Mayoriano entre el 457-460 d.C. han estado siempre presentes en los escritos especializados sobre el Bajo Imperio a propósito de múltiples temas, pero normalmente como sucintas referencias al hilo de investigaciones sobre materias legisladas por otros emperadores; no obstante, desde finales del s. XIX d.C., el perfil sui generis de Mayoriano ha suscitado interés propio en algunos artículos específicos y en obras de conjunto, comenzando por la de Cantarelli en 1883. Se destaca sin duda alguna en el estudio de la normativa mayorianea la monografía de Oppedisano, quien...
Muchas son las novedades que nos propone la Autora y que vienen a cambiar de modo considerable el panorama de nuestro conocimiento sobre la historia y la arqueología de León. En definitiva, a través de la lectura de esta obra nos sumergimos en una realidad última, esencial, conclusiva, transcendente: León, la Legio romano, el León medieval, patrimonio de todos, de la Humanidad en su conjunto, en su importancia histórica, forma parte de nuestra propia identidad, de lo que un día fuimos y de lo que hoy somos.
El análisis de la situación de la mujer como sujeto de derecho sufre variaciones no siempre de progreso. La explicación de la literatura y la literatura jurisprudencial clásicas, completa un cuadro en el que destaca la incapacidad para racionalizar las limitaciones que a la mujer se imponen, a pesar de los esfuerzos que los distintos autores ofrecen, (filósofos, historiadores, juristas y literatos clásicos) caen constantemente en la subjetividad, en lo opinable, de tal modo que no merece un refrendo unánime e inapelable. No obstante, y dentro de estos límites, se han analizado los momentos de variación y el alcance de la capacidad de la mujer desde los datos que suministra la literatura, y la literatura jurídica clásica, a la incidencia e importancia de la mujer como sujeto de derecho, tanto privado como público.