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La figura multidimensional de Servando Teresa de Mier (1763-1827) –fraile nómada, al principio, republicano pugnaz y contradictorio al final– es la materia central, aunque no única, de esta copiosa {Vida}, libro extraordinario con el que su autor, el crítico literario Christopher Domínguez Michael, contribuye decisivamente a dibujar –echando mano de tintas enérgicas y gracias a una formidable sabiduría historiográfica y estilística– el tránsito de los siglos XVIII a XIX.
La Audiencia de Quito en el siglo xviii, Crisis y bonanza en las sociedades regionales quiteñas, La Audiencia de Quito frente a las amenazas interiores y exteriores, Quito en el sistema de defensa de las Indias, Las élites criollas y la defensa del territorio quiteño, Toma de conciencia y apropiación del territorio, El largo camino hacia la emancipación, De Distrito Sur de Colombia a República del Ecuador.
La censura de textos fue uno de los medios de los que sirvió la Inquisición en el virreinato peruano para manifestar su poder en el cuerpo social. Sus medios y prácticas de control tuvieron un impacto sobre las vidas de hombres y mujeres, como también sobre su producción escrita. En este nuevo y apasionante libro, El Argos de la Fe. La censura de textos por la Inquisición de Lima, siglos XVI-XIX, su autor Pedro Guibovich Pérez, reconocida autoridad en la historia del libro y la lectura en el virreinato peruano, estudia y documenta las diversas facetas de la actividad censoria inquisitorial, las herramientas que hicieron posible la censura, los agentes responsables de llevar a cabo la censura y a algunos de los autores censurados. En la parte final del libro ensaya sobre la supervivencia de la censura en tiempos republicanos. La abolición de la Inquisición en 1820 no significó la desaparición de la práctica de la censura; por el contrario, subsistió con otros ropajes en el seno de la sociedad peruana durante los siglos XIX y XX, y, de vez en cuando, se manifiesta de modo amenazante aun en nuestros días.
En 1681 Carlos II autorizó la impresión de la recopilación de las Leyes de Indias. Constaban de 9 libros en 4 tomos que compilaron las fuentes del derecho de indias por materias, con arreglo a un criterio cronológico. Una compilación como ésta generó problemas porque envejeció con rapidez; en 1714 el Consejo de Indias advirtió a Felipe V que, por el volumen de la obra legislativa, se debían añadir dos libros más, y que existía confusión sobre la prelación de fuentes y sobre el derecho vigente. El 9 de mayo de 1776, Carlos III ordenó la formación de un Nuevo Código de Indias que se conoce como la Segunda Carolina. La Corona designó una Junta de Ministros- Consejeros que, ...
Reimpresión del original, primera publicación en 1787.